La Junta Administradora Local Suroccidente hace convocatoria para elegir corregidor(a) en Juan Mina
4 de noviembre de 2021Barranquilla
La Junta Administradora Local Suroccidente, convoca a los interesados a participar en el proceso para integrar la terna para escoger al corregidor (a) del corregimiento de Juan Mina, de la Localidad Suroccidente en el Distrito Especial Industrial y Portuario de Barranquilla para el resto del periodo constitucional 2020-2023”.
La mesa directiva de la Junta Administradora Local Suroccidente del distrito especial industrial y portuario de Barranquilla, en uso de sus facultades constitucionales, legales y acordales y en especial las conferidas por los artículos 2, 40, 315, 318 y 323 de la Constitución Política de Colombia de 1991; artículo 131 de la Ley 136 de 1994, la Ley 1681 de 2013, el artículo 42 numeral 10, articulo 46 numeral 4, artículo 77 inciso 4º de la Ley 1617 de 2013, resolución 380 de 2020, 385 de 2020, 407 de 2020.
CONSIDERANDO:
Que son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.
Que corresponde a la junta administradora local suroccidente del distrito especial industrial y portuario de Barranquilla, “Ejercer las demás funciones que les asignen la Constitución, la ley, los acuerdos distritales y los decretos del alcalde distrital.
Que el artículo 40 de la Constitución Política de Colombia, establece que todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político y que para hacer efectivo este derecho puede: elegir y ser elegido.
Que son deberes de la persona y del ciudadano entre otros participar en la vida política, cívica y comunitaria del país.
Que la Ley 1617 en su artículo 77 establece que: “para el adecuado e inmediato desarrollo de los corregimientos, éstos tendrán corregidores como autoridades administrativas, quienes coordinadamente con la participación de la comunidad, cumplirán, en el área de su jurisdicción, las funciones que les asignen los acuerdos y les deleguen los alcaldes, con sujeción a las leyes vigentes. Los corregidores cumplirán también las funciones asignadas por las disposiciones vigentes a las actuales inspecciones de policía”.
Que la Ley 1617 en su artículo 77 esgrime que: “Los alcaldes locales designarán a los corregidores de ternas presentadas por la respectiva Junta Administradora Local, con quienes coordinarán sus tareas de desarrollo administrativo y comunitario.
Que, para adelantar el proceso de integración de la terna para el cargo de Corregidor (a) del Corregimiento de Juan Mina de la Localidad Suroccidente de Barranquilla, se debe seguir un cronograma de actividades, que se establecerá en la parte resolutiva de este acto administrativo, el cual se deberá cumplir en su estricto orden.
Que, en atención a las anteriores consideraciones, la mesa directiva de la junta administradora local suroccidente del distrito especial industrial y portuario de Barranquilla.
RESUELVE:
ARTICULO 1: El proceso de escogencia de la terna para la designación del Corregidor (a) del Corregimiento de Juan Mina del Suroccidente de Barranquilla, inicia el viernes 5 de noviembre de 2021 y finaliza el viernes 19 de noviembre de 2021.
Parágrafo: la junta administradora local suroccidente del distrito especial, industrial y portuario de Barranquilla, deberá invitar a la Personería Distrital como garante del proceso.
ARTICULO 2: La elección de la terna para la designación del Corregidor (a) del Corregimiento de Juan Mina de la Localidad del Suroccidente de Barranquilla tendrá las siguientes etapas:
- Publicidad del proceso (viernes 5 y sábado 6 de noviembre del 2021): La Junta Administradora Local del Suroccidente de Barranquilla, publicará y difundirá el inicio del proceso en el órgano de difusión de la junta administradora local (redes sociales y cartelera), alcaldía local y alcaldía distrital; la invitación a los ciudadanos que estén interesados en participar en el proceso para integrar la terna para ser Corregidor (a) del Corregimiento de Juan Mina, Localidad del Suroccidente de Barranquilla.
- Convocatoria e inscripción de candidatos (lunes 8, martes 9, miércoles 10 de noviembre del 2021): los días lunes 8, martes 9 y miércoles 10 de noviembre del 2021, en el horario de 8:00 am a 12:00 pm y de 2:00 pm a 6:00 pm, se convoca a todas aquellas personas que aspiren a ser designadas como Corregidor (a) del Corregimiento de Juan Mina de la Localidad del Suroccidente de Barranquilla, a participar en el proceso de conformación de la terna. Los interesados deberán inscribirse en la sede de la Junta Administradora Local del Suroccidente de Barranquilla en la carrera 6 No 60 – 128 Centro Comercial Cordialidad, o a través del correo electrónico: jalsuroccidentebq@gmail.com, en las fechas y horarios establecidos, cumpliendo con los requisitos exigidos para aspirar al cargo y remitir los documentos solicitados.
a). Requisitos:
- Ser colombiano y ciudadano en ejercicio
- Ser abogado titulado
b). Documentos a Aportar:
- Formato único de hoja de vida DAFP con sus debidos anexos que certifiquen la información incluida.
- Fotocopia de tarjeta profesional de abogado
- Fotocopia legible de la cedula de ciudadanía
- Certificado de residencia juramentada ante un notario o prueba sumarial a través del cual se certifique que el/la candidato (a) reside en distrito de Barranquilla.
- Afirmación notariada del aspirante en la cual declare que no se encuentra incurso (a) en ninguna de las causales de inhabilidad, ni cuenta con antecedentes judiciales, fiscales y disciplinarios.
- Análisis de hojas de vida de candidatos (jueves 11 de noviembre de 2021): La Junta Administradora Local del Suroccidente de Barranquilla, procederá a analizar las hojas de vida y la documentación que hayan acreditado los aspirantes, con el fin de evaluar el cumplimiento de los requisitos establecidos.
- Publicación de lista parcial de candidatos (viernes 12 de noviembre de 2021): El viernes 12 de noviembre de 2021, la Junta Administradora Local del Suroccidente de Barranquilla, publicará el listado parcial de los candidatos que reúnan los requisitos legales, mediante fijación de la correspondiente lista en las redes sociales y en la sede la Junta Administradora Local del Suroccidente de Barranquilla.
- Interposición de reclamaciones (martes 16 de noviembre de 2021): Los postulados que no aparezcan en la lista parcial de aspirantes inscritos y que consideren que cumplen con los requisitos legales podrán interponer las respectivas reclamaciones por escrito ante la correspondiente Junta Administradora Local del Suroccidente de Barranquilla el día martes 16 de 2021.
- Resolución de interposiciones (miércoles 17 de noviembre de 2021): Las reclamaciones interpuestas serán resueltas por la Junta Administradora Local del Suroccidente de Barranquilla, el día miércoles 17 de 2021.
- Publicación de lista final de candidatos (jueves 18 noviembre de 2021): El listado definitivo de los aspirantes que cumplan con los requisitos legales para ser Corregidor (a) de Juan Mina de la Localidad del Suroccidente de Barranquilla, se publicará en las redes sociales, sede de la junta administradora local del suroccidente y la alcaldía local de la localidad suroccidente de Barranquilla; el día jueves 18 de noviembre de 2021.
- Audiencia Pública (viernes 19 de noviembre de 2021): Agotadas las etapas anteriores, la Junta Administradora Local del Suroccidente de Barranquilla, se reunirá en Asamblea Pública el día viernes 19 de noviembre de 2021, en el lugar que la Junta Administradora Local del Suroccidente indique, para escuchar las propuestas y proyectos que desean ejecutar los distintos aspirantes al cargo de corregidor (a) del corregimiento de Juan Mina. Con el objeto de elaborar la terna definitiva que se pondrá a consideración del Alcaldesa Local del Suroccidente de Barranquilla. La Asamblea Pública deberá contar con no menos del ochenta por ciento (80%) de los miembros de la Junta Administradora Local, de la Localidad del Suroccidente. Para la integración de la terna se utilizará el sistema de cociente electoral.
- Entrega de terna a la Alcaldesa Local de la Localidad del Suroccidente de Barranquilla (viernes 19 de noviembre de 2021): Una vez terminado el proceso e integrada la terna, se enviará mediante oficio a la alcaldesa local para lo de su competencia en los términos del inciso cuarto del artículo 77 de la ley 1617 de febrero 5 del 2013.
ARTICULO 3: La presente resolución local No.008 DE 2021 de la Junta Administradora local del Suroccidente de Barranquilla, rige a partir de su publicación.