Alcaldía de Malambo decretó ampliar horario para negocios de comercio nocturno
Sábado para domingo, los establecimientos pueden funcionar hasta las 3:00 a.m.
El pasado 30 de octubre entró en vigencia el decreto 185 de 2025, por medio del cual se amplía el horario de funcionamiento para los establecimientos de comercio nocturno, se establecen disposiciones de control, movilidad y seguridad ciudadana en el municipio de Malambo.
La norma, dispone que los negocios abiertos al público que desarrollen actividades de diversión, esparcimiento y venta de bebidas alcohólicas, podrán funcionar sábado para domingo hasta las 3 de la madrugada; y domingo para lunes festivo, hasta las 3:00 a.m.
De igual forma, la determinación establece que los locales beneficiados con la presente medida deberán acreditar los requisitos de funcionamiento, en especial los referidos a uso del suelo, medidas de seguridad, control de acceso a menores de edad, certificado de sanidad, licencia de funcionamiento y demás exigencias aplicables consagradas en la Ley 1801 de 2016.
Por otra parte, con el decreto también se busca preservar la seguridad y convivencia ciudadana, en este sentido a partir de las 3:30 a.m. se restringe la movilidad de motocicletas y vehículos automotores en la zona cercana a los negocios nocturnos, se hace excepción para casos de fuerza mayor, servicios de emergencia, transporte público o actividades autorizadas por la autoridad competente.
Los propietarios, administradores y empleados de los establecimientos deberán garantizar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la ley 1098 de 2006, específicamente las relacionadas con la prohibición del ingreso, permanencia o expendio de bebidas a menores de edad.
La Secretaría de Gobierno, con el apoyo de la Policía Nacional realizará operativos de verificación y control durante la vigencia de la presente decisión, con el propósito de evaluar el comportamiento ciudadano, cumplimiento de los compromisos adquiridos por los propietarios de los negocios y desempeño de las normas de convivencia.
Por último, el decreto también fija que el incumplimiento de las obligaciones antes mencionadas será causal para revocar la ampliación del horario y aplicar las medidas correctivas previstas en el artículo 92 de la ley 1801 de 2016.

