Capturado cuando hacía una conexión ilegal en Siete de Abril

Capturado cuando hacía una conexión ilegal en Siete de Abril

El procedimiento se llevó a cabo en flagrancia a la altura de la calle 51B2 con la carrera 3 sur cuando Dagoberto Medina estaba subido en un poste para conectar en forma irregular el servicio a un inmueble del sector.

El artículo 256 del Código Penal tipifica el delito de Defraudación de Fluidos con una pena hasta por 6 años de prisión, la cual se puede agravar si se comete en concurso con otras conductas punibles al que mediante mecanismo clandestino o alteración de los sistemas de control o aparatos contadores se apropie de energía eléctrica, agua, gas natural, o señal de telecomunicaciones, en perjuicio ajeno.

Cuando un “marañero” se sube a un poste o se contrata a una persona para hacer conexiones ilegales hay riesgos de todo tipo, desde la afectación del servicio a los que sí pagan, hasta un incendio o la muerte de una persona por operar las redes sin autorización.

Adicionalmente, contratar a terceros para cometer el delito de Defraudación de fluidos implica que se estaría en curso de otros delitos como el Concierto para delinquir.

Por lo tanto, no solamente podría ser condenado el autor material, el determinador o autor intelectual, sino todos aquellos que participan en la conducta delictiva.

Frente a esta situación la empresa hizo un llamado a la comunidad a seguir denunciando los casos de manipulación marcando el 115 a la oficina telefónica o al 123 de la Policía Nacional.

Lametronoticias

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