Maltratando a los niños

29 de mayo de 2019Victor Herrera Michel

Por Victor Herrera /@vherreram 

Se ha vuelto costumbre observar todas las tardes/noches un espectáculo deprimente, denigrante y vergonzoso –que raya en la injusticia y la ilegalidad– que sucede en muchísimas esquinas y paraderos de varios sectores de Barranquilla sin que las autoridades hagan algo.

Se trata de la manera descarada y oportunista como padres de familia muy jóvenes (dicen que la mayoría son de origen venezolano) que utilizan a niños –algunos de brazos– al momento de mendigar alguna ayuda de los vehículos que a esas horas circulan por la ciudad. Para “tocar” los corazones de los conductores y despertar su piedad estos desalmados colocan a los niños a la intemperie al lado de sus madres o incluso, a los más grandecitos, a “vender” diversas clases de dulces para justificar la limosna. En este último punto vale la pena recalcar que según cifras oficiales el número de niños, niñas y adolescentes que son víctimas de trabajo infantil en Colombia asciende a 869.000

Cuánto maltrato infantil en público, en las calles, en nuestras propias narices…!!

No tenemos ni idea del impacto físico y sicológico que estos niños reciben desde tan temprano al estar sometidos a este maltrato de sus mayores y que seguramente será determinante en sus vidas futuras.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) define como maltrato infantil: “…todos los tipos de maltrato físico o sicológico..desatención, negligencia o explotación comercial que puedan causar daño a la salud, desarrollo o dignidad del niño…”

Los niños no son de sus papás son de toda la sociedad. Por eso, independientemente del origen o la extracción social de sus padres los países ha creado instituciones – como el ICBF en Colombia – para garantizar los derechos de los niños, iniciar procesos para el restablecimiento de los mismos en casos necesarios y, en últimas, despojar de la patria potestad a sus progenitores.

Recordemos que la Constitución colombiana en su artículo 44 establece que: “.. La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos….Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás…”

Por su parte, el Código de la Infancia y la Adolescencia (ley 1098 del 2006) advierte en su artículo 11 que: “…cualquier persona puede exigir de la autoridad competente el cumplimiento y el restablecimiento de los derechos de los niños, las niñas y los adolescente. El Estado en cabeza de todos y cada uno de sus agentes tiene la responsabilidad inexcusable de actuar oportunamente para garantizar la realización, protección y el restablecimiento de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes…”

Por último, el Código Nacional de Policía dedica la mayoría de artículos del Capítulo I, Título V a describir las conductas que pueden poner en riesgo la garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y sus posibles sanciones.

Solo hace falta que en unos pocos casos –con un amplio despliegue en los medios– las autoridades rescaten en plena vía y en flagrancia a los niños de sus padres irresponsables y les suministren protección en uno de sus centros de atención. Seguramente todos los demás explotadores tomarán escarmiento y dejarán de hacerlo.

¿Será que el Bienestar Familiar y la Policía –con su división de Infancia y Adolescencia– se atreverán a hacer cumplir la constitución y la ley y alcanzar su principal objetivo misional?

Código de infancia y adolescencia 
Constitución artículo culo 44
Policía de infancia y adolescencia
ICBF

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