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Tránsito lanza campaña pedagógica “Cómo te veo” para prevenir el parqueo indebido en las calles de Soledad – LaMetroNoticias.com

Tránsito lanza campaña pedagógica “Cómo te veo” para prevenir el parqueo indebido en las calles de Soledad

15 de junio de 2023Soledad
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Con un operativo de control y concientización en los barrios Hipódromo, San Antonio, Pumarejo y Las Moras, el Instituto de Tránsito de Soledad lanzó la campaña denominada “Cómo te veo”, con el fin de evitar el mal parqueo de vehículos en las vías del municipio.

Durante el primer día de la campaña pedagógica se evidenciaron más de 50 vehículos estacionados sobre andenes, en zonas verdes o donde existe una señal de prohibición.

“Lo que buscamos es concientizar a los conductores sobre los sitios y vías donde está prohibido estacionar un vehículo, tal como lo contempla el Artículo 76 del Código Nacional de Tránsito”, manifestó Jorge María, jefe operativo del ente.

Recalcó que después de 15 días, una vez culminada la fase pedagógica, quienes omitan la norma serán sancionados con multas, y los vehículos podrán ser inmovilizados.

“El bienestar general está por encima del bienestar individual, y debemos garantizar los espacios y prevenir congestión vehicular a causa del mal parqueo, esto hace parte de la cultura vial y debemos ponerlo en práctica”, concluyó María Díaz.

Por su parte, Néstor Domínguez, quien recibió la charla de los agentes, reconoció la importancia de este tipo de jornadas: “Nosotros siempre decimos que son cinco minutos y nos vamos o que por ahí pasa otro vehículo, pero tienen razón y debemos acatar las normas de tránsito”.

¿Cuáles son los lugares en los que está prohibido parquear y no se requieren de señalización?

Según el Art. 76 del Código Nacional de Tránsito está prohibido estacionar vehículos en los siguientes lugares:
1. Sobre andenes, zonas verdes o zonas de espacio público destinadas para peatones, recreación o conservación.

2. En vías arterias, autopistas, zonas de seguridad o dentro de un cruce.

3. En vías principales y colectoras en las cuales expresamente se indique la prohibición o la restricción en relación con horarios o tipos de vehículos.

4. En puentes, viaductos, túneles, pasos bajos, estructuras elevadas o en cualquiera de los accesos a estos.

5. En zonas expresamente destinadas para estacionamiento o parada de cierto tipo de vehículos, incluyendo las paradas de vehículos de servicio público, o para limitados físicos.

6. En carriles dedicados a transporte masivo sin autorización.

7. En ciclo rutas o carriles dedicados o con prioridad al tránsito de bicicletas.

8. A una distancia mayor de 30 centímetros de la acera.

9. En doble fila de vehículos estacionado, o frente a hidrantes y entradas de garajes o accesos para personas con discapacidad.

10. En curvas.

11. Donde interfiera con la salida de vehículos estacionados.

12. Donde las autoridades de tránsito lo prohíban.

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